Sustitución en privado/concertado: nómina y baremo de méritos

Paleontóloga
#7 Gadget
#7 Gadget
Mensajes: 185
Registrado: 30 Jul 2014, 02:00
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: Opositando

Sustitución en privado/concertado: nómina y baremo de méritos

Mensaje sin leer por Paleontóloga »

Estoy trabajando en un colegio privado/concertado de Madrid realizando una sustitución. La semana que viene el profesor titular recibirá el alta y se reincorporará a su puesto.

Como ya he cumplido un mes de contrato, me gustaría acreditar esa experiencia para el baremo de méritos de cara a las oposiciones de este año. He leído en el Baremo (oposiciones de Secundaria, Madrid) Anexo V que al haber impartido clase en un centro no público (¿privado concertado entra aquí, no?), por cada mes de experiencia en el mismo nivel educativo (cursos de la ESO únicamente en mi caso) añadiría 0,0416 puntos en el apartado 1.3.

¿Para acreditar esta experiencia basta con que cuando vaya a confirmar el final del contrato le comunique al director del centro que me certifique esta hoja de servicio? Porque he leído que se puede pedir en la DAT, pero no sé si es sólo para centros públicos. ¿Cómo puedo asegurarme que se realice este trámite?

Otra cosa, como empecé a trabajar a mediados de mes, ya recibí mi primera nómina, con 20 días en total. He comprobado que me lo ha pagado la empresa fundación de este colegio, y el salario dista de ser los 1800 base/mes. En el contrato figura "Interino" y "según convenio" y está regulado por "convenio colectivo de NO CONCIERTO Madrid".
¿Si es un colegio concertado en todas sus etapas me pueden pagar como si fuera un colegio privado?. (Que conste que el contrato lo firmé varios días después de empezar a trabajar...)


Buscando información he visto que desde 2012, los primeros 20 días de sustitución las pagaría la Comunidad de Madrid a partir de 20 días naturales:
La Comunidad de Madrid pagará las sustituciones del profesorado de los centros concertados a partir de los 20 días naturales de ausencia del titular, según los nuevos criterios que ha anunciado este jueves la Consejería de Educación y Empleo.

Ésta y otras medidas de contención del gasto, según el equipo de Lucía Figar, supondrán un ahorro estimado en cinco millones de euros durante 2012.

Otra de las novedades es que no será incluido el complemento autonómico (16% de la retribución) en la bonificación del salario de los profesores sustitutos, quienes, además, deberán acreditar su titulación académica y de formación previstos en la normativa.

Estas medidas, dice el Ejecutivo regional, obedecen al propósito de racionalizar los criterios de financiación de las sustituciones y "adecuarlo al contexto de crisis económica actual que obliga a las administraciones públicas a hacer un uso lo más eficiente y racional posible de los recursos públicos".

En los únicos casos en que sí serán abonadas las sustituciones desde su inicio están las ausencias por bajas por maternidad, adopción o acogimiento familiar, lactancia, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural de un hijo menor de nueve meses.

La financiación de sustituciones durante julio y agosto queda excluida, dice la nota de la Comunidad, "ya que en estos meses no existen necesidades educativas que cubrir".

Además, solamente serán abonadas las sustituciones de ausencias de profesores que tengan atención directa con los alumnos, una medida que "excluye ciertas figuras directivas o complementarias" contempladas hasta ahora.

La Consejería de Educación y Empleo dice que en los casos en los que se pueda hacer un contrato bonificado, pero el titular del centro no quiera realizarlo por las razones que estime oportunas, la Consejería sólo abonará el coste correspondiente a un contrato bonificado.

El Ejecutivo regional les ha comunicado y expuesto estos cambios en los criterios de financiación a todas las organizaciones patronales y sindicales de la enseñanza concertada.
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/12/2 ... 54466.html

¿El ahorro consiste en que se pague a sustitutos como si fuera un colegio privado cuando en realidad reciben subvenciones?
¿Al transcurrir más tiempo de sustitución, superando esos 20 días me debería pagar la Comunidad de Madrid? ¿Si me pagan lo que me queda de contrato la empresa del colegio estaría fuera de la legalidad?

Espero que alguien sepa resolverme estas dudas.
¡Muchas gracias!
Responder

Volver a “Otros temas laborales y burocráticos”