Legislación sobre baremo en oposición

hunk
#10 Goku
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Legislación sobre baremo en oposición

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Comparto este artículo
http://profesorgeohistoria.wordpress.co ... interinos/
del que me ha llamado la atención esta frase
Según Galvín, el Tribunal Constitucional establece el límite máximo de puntuación por experiencia previa en un 40 por ciento para todos los funcionarios, mientras que el borrador del Decreto de la Consejería con una nueva baremación para las listas de interinos rebaja este porcentaje al 15 por ciento, lo que a juicio de los consejeros de CC.OO, ANPE y UGThace que se dé “un valor desproporcionado”, del 80 por ciento, a la nota de la oposición.
así que me he puesto a buscar información sobre sentencias, y de momento he encontrado esto que son 30 páginas y no he podido mirar más que por encima, que en cierto modo es por lo contrario (valorar demasiado la experiencia), pero puede ser interesante porque parece que tiene muchos datos de otras sentencias

http://www.boe.es/boe/dias/2012/03/28/p ... 2-4319.pdf
Pleno. Sentencia 27/2012, de 1 de marzo de 2012. Cuestión de inconstitucionalidad 5742-2001. Planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, con respecto a la disposición transitoria cuarta de la Ley del Parlamento de Andalucía 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta y otras entidades, de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros. Derecho a la igualdad en el acceso a las funciones públicas: nulidad del precepto legal que regula el acceso a plazas de funcionarios de la Junta de Andalucía atribuyendo una valoración desproporcionada a la experiencia profesional no justificada en la excepcionalidad del procedimiento selectivo
Admitida la posibilidad de evaluar la antigüedad, estamos ante un problema de límites: hasta dónde es constitucionalmente tolerable esa evaluación
Rose

Re: Legislación sobre baremo en oposición

Mensaje sin leer por Rose »

Bueno, yo lo que veo es que el tribunal constitucional establece un máximo del 40% pero no habla de mínimos. Con lo cual, en principio pueden hacer lo que
quieran no?
hunk
#10 Goku
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Re: Legislación sobre baremo en oposición

Mensaje sin leer por hunk »

Hola Rose
Sí, la noticia habla de máximo, y eso no fijaría límite mínimo, por lo que teóricamente podrían no valorar en absoluto la experiencia
Pero para mi la noticia me hace tener interés en buscar la sentencia citada y otras y ver realmente qué es lo que dice la legislación, porque si habla de máximo igual también de mínimo en algún sitio.
Por ejemplo sí he visto que dice que un valor de 45% para antigüedad sí es legal.
He mirado un poco más el documento y no veo el 40% por ningún sitio, pero sí parece claro que usa el concepto de "valoración desproporcionada" de un mérito concreto, y quizá esa argumentación es válida para considerar que un 15% para antigüedad es desproporcionado.
STC 67/1989, de 18 de abril, falló un recurso de amparo respecto de orden de convocatoria de concurso oposición en el cual los servicios prestados podían suponer un 45 por 100 de la puntuación alcanzable en la fase de oposición, concluyendo que a pesar de ser mérito único en la fase de concurso, no excluía por entero de la competición a quienes carecieran de este mérito.
En principio, como antes se ha señalado, la valoración como mérito de la experiencia profesional es perfectamente válida desde el punto de vista onstitucional; hemos afirmado que «la consideración de los servicios prestados no es ajena al concepto de mérito y capacidad, pues el tiempo efectivo de servicios puede reflejar la aptitud o capacidad para desarrollar una función o empleo público y, suponer además, en ese desempeño, unos méritos que pueden ser reconocidos y valorados» [SSTC 67/1989, de 18 de abril, FJ 3 y 107/2003, de 2 de junio, FJ 5 b)].
No obstante, si bien hemos afirmado que no plantea problema de igualdad la consideración como mérito de los servicios prestados, hemos advertido que es «la relevancia cuantitativa» que las bases de la convocatoria den a ese mérito concreto lo que debe analizarse en supuestos de aparente desproporcionalidad.
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Re: Legislación sobre baremo en oposición

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He leído en otro hilo en relación al baremo de méritos que en Madrid o no sé si en alguna otra comunidad también, se puntuaba 0,50 para B2 y 2 puntos del C1, me podrías indicar dónde viene eso? en que BOE?
gracias de antemano
hunk
#10 Goku
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Re: Legislación sobre baremo en oposición

Mensaje sin leer por hunk »

Hola forera
Como comenté en otro hilo, el baremo es distinto por comunidad y por convocatoria, así que no está en BOE, sino que hay que mirar en el boletín de cada comunidad.

Para el caso que comentas de Madrid, y para la última convocatoria de secundaria 2012, en el BOCM de la convocatoria 2012,

ANEXO V
BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
PROCEDIMIENTO DE INGRESO LIBRE Y DE RESERVA DE DISCAPACIDAD

...
APARTADO III. OTROS MÉRITOS.
(Máximo dos puntos)
3.1. Dominio de Idiomas extranjeros.
3.1.1. Nivel C1 o superior .............................................2,000
Se valorarán los certificados oficiales de conocimiento de una lengua extranjera, que acrediten un nivel de conocimiento de idiomas, expedidos por centros oficiales, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).
3.1.2. Otros títulos extranjeros de nivel equivalente al nivel B2 (Nivel avanzado) siempre que no se haya acreditado el título equivalente de Escuela Oficial de Idiomas del apartado 2.4.2 en el mismo idioma. Hasta un máximo de.................. 0,500
Pero eso de 2012 en Madrid no garantiza nada para la próxima convocatoria en Madrid... con lo de la antigüedad están cambiando totalmente el baremo. Esto es lo último para primaria 2013 Madrid respecto a títulos de idiomas, desconozco el detalle de como fue en 2011
http://docentesconeducacion.es/viewtopi ... 7808#p7697
Hasta 0,5 puntos para otros méritos, desglosado en 0.25 para el expediente académico y 0.25 para quién acredite un C1/C2 del conocimiento de otro idioma.
forera
#2 Yogui
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Re: Legislación sobre baremo en oposición

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perfecta la respuesta, gracias hunk
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