Finea escribió:¿alguien sabe si el Tramo 1 debemos presentarlo a través de nuestro centro de trabajo, como era costumbre cuando lo sacaban antes del 30 de junio, o directamente por registro y ya se entenderán entre ellos?
Si es que en la orden no han puesto plazo para ese tramo y mantienen la tramitación tradicional.
De verdad, que se van superando año a año.
Gracias por adelantado.
Hola Finea
A través del centro de trabajo ... difícilmente en julio: yo creo que es deliberado, así conseguirán que lo solicite menos gente.
Creo que "canta mucho" sacar una orden que tiene fecha del 16 de mayo en el BOCM el 3 de julio, y que su texto ponga
A.2. Tramitación.
Con anterioridad a la finalización del curso escolar 2011-2012, la Administración Educativa remitirá a los responsables de los centros en que presten servicios los funcionarios docentes la documentación necesaria para que los funcionarios puedan solicitar la ayuda.
Los responsables de los centros remitirán la información de los funcionarios docentes que hayan prestado servicios efectivos en el centro durante el curso 2011-2012 y que solicitan la concesión de la ayuda.
En la página principal
Ayudas para el desplazamiento de los profesores de Religión y otro personal docente (2011-2012)
En plazo Inicio: 04 julio 2012 | Fin: 20 julio 2012 ponen
los impresos para presentarlo por registro, y
el enlace para hacerlo vía telemática
En el título pone "Ayudas para el desplazamiento de los profesores de Religión y otro personal docente (2011-2012)", pero en el interior de los impresos pone "SOLICITUD DE RECLAMACIÓN DE LA AYUDA PARA TRANSPORTE DE
PROFESORES DE RELIGIÓN Y ASESORES LINGÜÍSTICOS"? y de hecho al rellenarlo telemáticamente hay que marcar una de dos "
Colectivo de la ayuda: Profesor/a de Religión ó Asesor/a Lingüístico/a "??
En la orden del BOCM no aparece ni una sola vez la palabra religión ni la palabra asesor, hablan de docentes!!
De hecho en el formulario del anexo I aparece "SOLICITUD DE AYUDA PARA TRANSPORTE DEL PERSONAL FUNCIONARIO DOCENTE DE ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS ANUAL", "SOLICITUD DE RECLAMACIÓN DE LA AYUDA PARA TRANSPORTE DEL PERSONAL FUNCIONARIO DOCENTE DE ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS TRAMO 1"....
He localizado
la página donde lo han colgado el enlace, y ahí sí que mencionan, al tiempo que la Orden 5576/2012 cuyo contenido no menciona religión ni asesores, el título
Ayudas para Profesores de Religión y Asesores Lingüísticos ¿esto es una tomadura de pelo?
He intentado ver qué haría falta para rellenarlo telemáticamente: marcaría al azar profesor de religión y pondría en observaciones algo así
Según la ORDEN 5573/2012, BOCM 3 julio 2012, base Quinta, "A.1. Requisitos de los solicitantes", no se indica en ningún
momento limitado a Religión y Asesores, palabras que no salen en la ORDEN, aunque este formulario obliga a elegir una de las opciones, por lo que la marco al azar."
pero es imposible sin contar con el centro, porque es obligatorio el campo
Cuantía que figura en la lista provisional, y eso lo hace según el BOCM "Por parte de las unidades de personal se calcularán las cantidades a percibir por cada funcionario". Además, para facilitar las cosas,
incumpliendo de nuevo la legislación en cuanto a entregar documentación que ya tiene la administración, piden esto a los interinos: una maravilla que implica viajes y que hace de la tramitación online que ofrecen un chiste
8) Solamente en el caso del profesorado interino, deberán presentar un Certificado de servicios prestados firmado por el Director del centro, por cada centro de trabajo efectivo, según el modelo que figura como Anexo III de esta convocatoria.