Instrucciones 2012/2013 Madrid: fijan 28 horas (30 periodos en horario) y es ilegal

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hunk
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Instrucciones 2012/2013 Madrid: fijan 28 horas (30 periodos en horario) y es ilegal

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Las han publicado hoy
http://www.madrid.org/dat_capital/circu ... so1213.pdf

Son 37 páginas que he hojeado (de pasar hoja) rápidamente, y ya he visto lo que comenté en otro hilo http://docentesconeducacion.es/viewtopic.php?f=43&t=976 : han aumentado a 28 horas, que son 30 periodos en el horario
Edito(inicialmente dudaba si redondeaban a 30 o 31): dicen explícitamente que rendondean a 30 periodos en el horario
4.3.4.2 Horario regular: lectivo y complementario
...
2. El número de periodos semanales en el horario regular, entre lectivos y complementarios, será de 30, y el número de periodos lectivos, con carácter general, de 20 semanales
...
Como argumento en el otro hilo, es ilegal, lo vuelvo a citar
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 1994-15565
71. La suma de la duración de los períodos lectivos y las horas complementarias de obligada permanencia en el Instituto, recogidas en el horario individual de cada Profesor, será de veinticinco horas semanales.
4.3.4 Horario de los profesores
4.3.4.1 Distribución del horario
1. El horario semanal del personal docente que imparte enseñanzas en los centros públicos de Educación Secundaria será de 37 horas y 30 minutos. De estas 37 horas y 30 minutos, 30 horas serán de obligada permanencia en el centro. De estas últimas, 28 se computarán como horario regular de los profesores, el cual comprenderá una parte lectiva y otra de carácter complementario. La parte lectiva será con carácter general de 20 horas semanales, y la parte complementaria, la que reste hasta llegar a las 28 horas semanales...

...Por lo tanto, la parte del horario restante hasta las 28 horas semanales, quedará a disposición del director del centro para la realización, en su caso, de actividades complementarias....
Mencionan explícitamente el decretazo (Real Decreto-ley 14/2012) y la sustitución de los 10 primeros días lectivos de las bajas, y dejan claro, como comentaba, que el horario complementario es básicamente para hacer guardias...
4.3.4.4 Horario complementario
El Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril (BOE de 21 de abril) , establece en su artículo 4 que los primeros díez días lectivos de necesidades de sustitución transitoria de profesores deberán ser atendidos con recursos del propio centro
...
1. El horario complementario se asignará con el orden de prelación que se establece a continuación:
a) Guardias, que se ajustarán a lo previsto en el apartado 4.3.8 de las presentes instrucciones...
Última edición por hunk el 09 Jul 2012, 11:01, editado 4 veces en total.
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Algunos detalles más.
Para 4º ESO ponen números limitando las opciones de itinerarios
4.3.11 Itinerarios en 4º ESO en IES
...
El número total de grupos que se formen con las opciones de los itinerarios no podrá exceder del número, redondeado sin decimales, resultante de multiplicar 1,3 por el número de grupos autorizados para el 4º curso de ESO, salvo que el centro tenga solo un grupo autorizado, en cuyo caso se podrán abrir dos grupos.
El número mínimo de alumnos de cualquiera de los grupos de cada una de las materias que integran la opción no podrá ser inferior a 10. No obstante, las Direcciones de Área Territorial podrán autorizar, siempre que exista disponibilidad horaria de los profesores, la impartición de las materias de Segunda Lengua Extranjera y Latín con un número menor de alumnos.
En el caso de que la misma materia se imparta en más de un grupo, el número de alumnos en cada uno de ellos no será inferior a 17, pudiendo llegar a la ratio establecida con carácter general
...
4.3.12 Cálculo de grupos para materias optativas
En 3º y 4º de ESO no se autorizarán grupos de materias optativas con menos de 15 alumnos. En cualquier caso, el número máximo de grupos en materias optativas será el número de grupos autorizados de 3º y 4º de educación secundaria del centro multiplicado por 1,25
...
Ponen números por escrito que se pueden enlazar con la supresión de modalidades de bachillerato
4.5.3 Horario de los profesores y materias optativas
No se autorizarán grupos de materias optativas en Bachillerato con menos de 15 alumnos.
No obstante, en las materias de modalidad, su impartición exigirá un mínimo de 10 alumnos matriculados, tal y como establece el artículo 8 de la Orden 3347/2008, de 4 de julio, de la Consejería de Educación.... No obstante, en las materias de Latín y Griego de Bachillerato se autorizarán, con carácter excepcional, para el curso 2012-2013 grupos con al menos 5 alumnos, siempre que se disponga de profesores con destino definitivo en las especialidades de Latín o Griego y no suponga aumento de cupo

Otro detalle: las instrucciones dicen
11. EFECTIVIDAD DE LAS INSTRUCCIONES
Las presentes instrucciones serán efectivas a partir del uno de septiembre de dos mil doce.
...
Madrid, 25 de junio de 2012
LA VICECONSEJERA DE EDUCACIÓN EL VICECONSEJERO DE EMPLEO

Fdo. Alicia Delibes Liniers Fdo. Jesús Valverde Bocanegra
LA VICECONSEJERA DE ORGANIZACIÓN EDUCATIVA

Fdo. Carmen Pérez-Llorca Zamora
Aplica en septiembre el tema de las 28 horas que está en un proyecto de ley actualmente en curso, proyecto de ley en el que modifican expresamente para indicar las 28 horas ... es ilegal pretender que se aplique algo antes de que esté aprobada la ley, ... pero es que además esa ley que aumenta a 28 horas es ilegal (incumple una norma estatal de mayor rango que fija las 25 horas)
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Re: Instrucciones 2012/2013 Madrid: fijan 28 horas (30 periodos en horario) y es ilegal

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Enlazo con el otro hilo sobre la ley en la que han definido las 28 h como "legales autonómicamente"
http://docentesconeducacion.es/viewtopic.php?f=43&t=976

Además viendo este enlace
http://profesorgeohistoria.wordpress.co ... ad-madrid/

he vuelto a ver la orden de 1994 y veo otro artículo que incumple el fijarlas a 28 además del 71
74. Dentro de las veinticinco horas del cómputo semanal, recogidas en el horario individual, la permanencia mínima de un Profesor en el Instituto no podrá ser ningún día, de lunes a viernes, inferior a cuatro horas.
y por si a alguien se le ocurre que las 3 h la sacan de los recreos, aclaro que los recreos forman parte de la permanencia en el centro (artículo 73 orden 1994)
73. Las restantes horas hasta completar las treinta de dedicación al Instituto, le serán computadas mensualmente a cada Profesor por el Jefe de estudios y comprenderán las siguientes actividades:

a) Asistencia a reuniones de Claustro.

b) Asistencia a sesiones de evaluación.

c) Períodos de recreo de los alumnos.


d) Otras actividades complementarias y extraescolares.
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