Parece que en la locura de afines sin sentido vale todo, porque con tal de evitar ser desplazado / compartir centro ofrecen cosas que los profesores acaban aceptando. Se me ocurre que si a alguien le ofrecen algo de locura, se atreviera a pedir impartir religión... (igual alguno es catequista, tiene buena relación con un cura que está en contra de los recortes y le puede hacer un escrito "proponiéndolo", ...)
Respentando la libertad religiosa, mi idea es que eso tocaría fibras sensibles y seguro saldría gente oponiéndose, quizá de la consejería, argumentando que la religión según artículo 3 de RD 696/2007 sólo la pueden impartir los
... y ahí entraría comprobar como de consistente se es respecto a permitirlo en unos casos y no en otros ¿hay que respetar el RD 696/2007 para una única materia pero no el RD 1834/2008 para todas las demás materias?!propuestos por la Autoridad de la Confesión religiosa para impartir dicha enseñanza y haber obtenido la declaración de idoneidad o certificación equivalente de la confesión religiosa objeto de la materia educativa
REAL DECRETO 696/2007, de 1 de junio, por el que se regula la relación laboral de los profesores de religión prevista en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases ... 2007-11450