Distribución de horas lectivas y complementarias
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- #6 Caponata
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Distribución de horas lectivas y complementarias
Compañeros este es un fragmento de un post publicado por Elena Miranda en facebook:
En esta tabla se determinan el número de horas complementarias en función del número de las horas lectivas:
18 lectivas__0 compensadas__9 complementarias (18+9 =27)
19 lectivas__2 compensadas__6 complementarias (19+2+6=27)
20 lectivas__4 compensadas__3 complementarias (20+4+3=27)
21 lectivas__6 compensadas__0 complementarias (21+6=27)
Esto quiere decir exactamente que por cada periodo lectivo que sobrepase las 18 horas, debemos eliminar de nuestro horario DOS horas complementarias de las que figuran en nuestro horario individual, consignándolas en la casilla CHL.
Estaos bien atentos al horario, porque nos la van a intentar colar.
En esta tabla se determinan el número de horas complementarias en función del número de las horas lectivas:
18 lectivas__0 compensadas__9 complementarias (18+9 =27)
19 lectivas__2 compensadas__6 complementarias (19+2+6=27)
20 lectivas__4 compensadas__3 complementarias (20+4+3=27)
21 lectivas__6 compensadas__0 complementarias (21+6=27)
Esto quiere decir exactamente que por cada periodo lectivo que sobrepase las 18 horas, debemos eliminar de nuestro horario DOS horas complementarias de las que figuran en nuestro horario individual, consignándolas en la casilla CHL.
Estaos bien atentos al horario, porque nos la van a intentar colar.
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- #9 Pantera Rosa
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Re: Distribución de horas lectivas y complementarias
Esta info es muy buena. ¡Gracias1
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- #2 Yogui
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Re: Distribución de horas lectivas y complementarias
utores de FCT, 1/3 de la jornada lectiva es para la tutoría, así que aplicando ROC+ ORDEN 2694/2009 (Art. 9), el tutor de FCT tendría: 14+7 FCT+0 complementarias
Para thttp://www.madrid.org/fp/normativa/normativa_CM/O20092694.pdf
Para thttp://www.madrid.org/fp/normativa/normativa_CM/O20092694.pdf
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- #2 Yogui
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Re: Distribución de horas lectivas y complementarias
informacion mas que practica, miles de gracias
Re: Distribución de horas lectivas y complementarias
¿PODRÍAIS CITAR LA ORDEN QUE REGULA ESTA DISTRIBUCIÓN? DEBERÍAMOS ADJUNTARLA AL HORARIO A FIRMAR, PARA QUE NO NOS LA CUELEN, NEGARNOS A FIRMAR UN HORARIO ILEGAL.
SALUDOS
SALUDOS
Re: Distribución de horas lectivas y complementarias
En mi centro nos dijo el director en claustro que aparecía 1 hora de CHL por cada hora que sobrepasara las 18, que era mejor para nosotros porque el resultado si ponía 2 era el mismo, que era mejor para nosotros puesto que de la otra forma tendríamos que estar más tiempo en el centro,que esto se venía haciendo así desde hace 15 años y que había sentencia al respecto. Alguien me puede dar mas información al respecto? Gracias
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- #1 Garfield
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Re: Distribución de horas lectivas y complementarias
pues hasta donde yo sé, en una CHL no tienes obligación de permanecer en el centro, así que no entiendo como es mejor tener una que dos, lo mismo alguien lo puede aclarar, además las sentencias que existen obligan a poner dos CHL y no solo una por cada periodo lectivo por encima de 18 y en casi 9 años que llevo de profesor de secundaria siempre han seguido esa norma en mi horario, en fin... me da que tu director os la juega y debeis reclamar...Janis escribió:En mi centro nos dijo el director en claustro que aparecía 1 hora de CHL por cada hora que sobrepasara las 18, que era mejor para nosotros porque el resultado si ponía 2 era el mismo, que era mejor para nosotros puesto que de la otra forma tendríamos que estar más tiempo en el centro,que esto se venía haciendo así desde hace 15 años y que había sentencia al respecto. Alguien me puede dar mas información al respecto? Gracias
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- #10 Goku
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Re: Distribución de horas lectivas y complementarias
Comparto esto que he mencionado en otro hilo al hablar de la reclamación de horarios
- No me he cansado de oir que las 21 horas se permiten por ley, a veces diciendo que en la LOE y/o en el ROC, y tras mirarlo ví que era incorrecto porque es una orden de 1994, el ROC es del 1996 y la LOE de 2006. De la misma manera no me estoy cansando de oir que el número de horas que suman las lectivas + complementarias de cómputo semanal en el horario semanal es de 27, cosa que no he visto en ninguna ley. La orden de 1994 dice en su artículo 71 que son 25.
Siendo eso así, si a un profesor le ajustan a 20 horas lectivas, tiene 4 CHL y le queda 1 complentaria hasta las 25, de modo que con la reunión de departamento ya no tiene que hacer ni una sola guardia.
Lo de las 27 creo que es una leyenda urbana, porque no lo he visto en una ley. Creo que viene del cálculo rápido de sumar a las 21 las 6 CHL que le corresponden al ser 3 horas más por encima de 18, y decir que son 27, pero la normativa dice que son 25. Si alguien me corrige indicándome una referencia legal me como mis palabras, pero es lo que veo.
Con mi vocación docente, se me ha ocurrido este esquema para enseñar a mis "alumnos" (la opinión pública) cómo es el horario de un profesor de secundaria.
He intentando hacerlo a escala. La siguiente idea es poner ejemplos de como cambias los horarios, mostrando que se comen las horas complementarias.
NOVALIDO ....https://picasaweb.google.com/lh/photo/xxxxx
Actualizo: había puesto sólo una imagen y al retocarla cambia el enlace, por lo que envío enlace a todo el bloque de las que vaya creando
https://picasaweb.google.com/enrique.ga ... directlink
Si alguien tiene ideas son bienvenidas. Igual con buena presentación llegaba a valer para que la publicase algún medio.
- No me he cansado de oir que las 21 horas se permiten por ley, a veces diciendo que en la LOE y/o en el ROC, y tras mirarlo ví que era incorrecto porque es una orden de 1994, el ROC es del 1996 y la LOE de 2006. De la misma manera no me estoy cansando de oir que el número de horas que suman las lectivas + complementarias de cómputo semanal en el horario semanal es de 27, cosa que no he visto en ninguna ley. La orden de 1994 dice en su artículo 71 que son 25.
Siendo eso así, si a un profesor le ajustan a 20 horas lectivas, tiene 4 CHL y le queda 1 complentaria hasta las 25, de modo que con la reunión de departamento ya no tiene que hacer ni una sola guardia.
Lo de las 27 creo que es una leyenda urbana, porque no lo he visto en una ley. Creo que viene del cálculo rápido de sumar a las 21 las 6 CHL que le corresponden al ser 3 horas más por encima de 18, y decir que son 27, pero la normativa dice que son 25. Si alguien me corrige indicándome una referencia legal me como mis palabras, pero es lo que veo.
Con mi vocación docente, se me ha ocurrido este esquema para enseñar a mis "alumnos" (la opinión pública) cómo es el horario de un profesor de secundaria.
He intentando hacerlo a escala. La siguiente idea es poner ejemplos de como cambias los horarios, mostrando que se comen las horas complementarias.
NOVALIDO ....https://picasaweb.google.com/lh/photo/xxxxx
Actualizo: había puesto sólo una imagen y al retocarla cambia el enlace, por lo que envío enlace a todo el bloque de las que vaya creando
https://picasaweb.google.com/enrique.ga ... directlink
Si alguien tiene ideas son bienvenidas. Igual con buena presentación llegaba a valer para que la publicase algún medio.
Última edición por hunk el 20 Sep 2011, 17:52, editado 2 veces en total.
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- #1 Garfield
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Re: Distribución de horas lectivas y complementarias
En el enlace me dice que no se carga la página, comprueba que este correctohunk escribió:Comparto esto que he mencionado en otro hilo al hablar de la reclamación de horarios
- No me he cansado de oir que las 21 horas se permiten por ley, a veces diciendo que en la LOE y/o en el ROC, y tras mirarlo ví que era incorrecto porque es una orden de 1994, el ROC es del 1996 y la LOE de 2006. De la misma manera no me estoy cansando de oir que el número de horas que suman las lectivas + complementarias de cómputo semanal en el horario semanal es de 27, cosa que no he visto en ninguna ley. La orden de 1994 dice en su artículo 71 que son 25.
Siendo eso así, si a un profesor le ajustan a 20 horas lectivas, tiene 4 CHL y le queda 1 complentaria hasta las 25, de modo que con la reunión de departamento ya no tiene que hacer ni una sola guardia.
Lo de las 27 creo que es una leyenda urbana, porque no lo he visto en una ley. Creo que viene del cálculo rápido de sumar a las 21 las 6 CHL que le corresponden al ser 3 horas más por encima de 18, y decir que son 27, pero la normativa dice que son 25. Si alguien me corrige indicándome una referencia legal me como mis palabras, pero es lo que veo.
Con mi vocación docente, se me ha ocurrido este esquema para enseñar a mis "alumnos" (la opinión pública) cómo es el horario de un profesor de secundaria.
He intentando hacerlo a escala. La siguiente idea es poner ejemplos de como cambias los horarios, mostrando que se comen las horas complementarias.
https://picasaweb.google.com/lh/photo/8 ... directlink
Si alguien tiene ideas son bienvenidas. Igual con buena presentación llegaba a valer para que la publicase algún medio.
según tengo entendido si las clases son de una hora son 25 periodos y si son de 50 minutos son 27, pero tampoco sé de dónde lo he sacado, alguien me lo comentó en algún momento pero no lo identifico....
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- #10 Goku
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Re: Distribución de horas lectivas y complementarias
Actualizo el post anterior: había puesto sólo una imagen y al retocarla cambia el enlace, por lo que envío enlace a todo el bloque de las que vaya creando
https://picasaweb.google.com/enrique.ga ... directlink
Ok, gracias por el comentario de los 50 minutos
Efectivamente el artículo 71 de la orden de 1994 dice
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 1994-15565
Aun cuando los períodos lectivos tengan una duración inferior a sesenta minutos, no se podrá alterar, en ningún caso, el total de horas de dedicación al centro.
Bueno, ahora me falta saber dónde están regulados los 50 minutos, los 5 de descanso ... para ver cómo se tiene que hacer.
En cualquier caso, volviendo a hablar con propiedad, son 25 horas en el centro, que pueden ser 27 "periodos en el horario individual"
Actualizo: lo de los 50 minutos está en el horario de los alumnos, en la misma orden, artículo 67
67. Para la elaboración de estos horarios se tendrán en cuenta las propuestas de la Junta de Delegados, que habrán de presentarse antes de finalizar el curso anterior. En todo caso se respetarán los siguientes criterios:
a) Ningún grupo de alumnos podrá tener más de siete períodos lectivos diarios.
b) Cada período lectivo tendrá una duración mínima de cincuenta minutos.
c) Después de cada período lectivo habrá un descanso de cinco minutos, como mínimo, para efectuar los cambios de clase.
d) Después de cada dos o tres períodos lectivos habrá un descanso de quince minutos, como mínimo.
e) En ningún caso podrá haber horas libres intercaladas en el horario lectivo de los alumnos.
Voy a intentar hacer cuentas y actualizar los diagramas
Actualizo2: las cuentas son fáciles
25 horas semanales / (50 minutos mínimos sesión lectiva + 5 minutos mínimos descanso) = 27,27 ... periodos ---> de ahí vienen los "27 periodos lectivos" !Por fin me lo creo al verlo documentado! Efectivamente había visto que en todos mis horarios de interino aparecían "27 horas", pero no sabía decir por qué hasta ahora.
Creo que es esencial diferenciar periodos lectivos y horas, ahora mismo actualizo los diagramas.
https://picasaweb.google.com/enrique.ga ... directlink
Ok, gracias por el comentario de los 50 minutos
Efectivamente el artículo 71 de la orden de 1994 dice
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id ... 1994-15565
Aun cuando los períodos lectivos tengan una duración inferior a sesenta minutos, no se podrá alterar, en ningún caso, el total de horas de dedicación al centro.
Bueno, ahora me falta saber dónde están regulados los 50 minutos, los 5 de descanso ... para ver cómo se tiene que hacer.
En cualquier caso, volviendo a hablar con propiedad, son 25 horas en el centro, que pueden ser 27 "periodos en el horario individual"
Actualizo: lo de los 50 minutos está en el horario de los alumnos, en la misma orden, artículo 67
67. Para la elaboración de estos horarios se tendrán en cuenta las propuestas de la Junta de Delegados, que habrán de presentarse antes de finalizar el curso anterior. En todo caso se respetarán los siguientes criterios:
a) Ningún grupo de alumnos podrá tener más de siete períodos lectivos diarios.
b) Cada período lectivo tendrá una duración mínima de cincuenta minutos.
c) Después de cada período lectivo habrá un descanso de cinco minutos, como mínimo, para efectuar los cambios de clase.
d) Después de cada dos o tres períodos lectivos habrá un descanso de quince minutos, como mínimo.
e) En ningún caso podrá haber horas libres intercaladas en el horario lectivo de los alumnos.
Voy a intentar hacer cuentas y actualizar los diagramas
Actualizo2: las cuentas son fáciles
25 horas semanales / (50 minutos mínimos sesión lectiva + 5 minutos mínimos descanso) = 27,27 ... periodos ---> de ahí vienen los "27 periodos lectivos" !Por fin me lo creo al verlo documentado! Efectivamente había visto que en todos mis horarios de interino aparecían "27 horas", pero no sabía decir por qué hasta ahora.
Creo que es esencial diferenciar periodos lectivos y horas, ahora mismo actualizo los diagramas.
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- #10 Goku
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- Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
- ¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
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Re: Distribución de horas lectivas y complementarias
Diagramas actualizados, diferenciando bien horas de periodos lectivas
Hay tres diagramas:
- Uno general explicando distribución periodos lectivos y horas complementarias
- Otro explicando como queda para un tutor con el cambio en Madrid
- Otro explicando como queda para un jefe de departamento en Madrid
https://picasaweb.google.com/enrique.ga ... directlink
Ahora que veo la diferencia clara en la orden de 1994 entre horas y periodos, creo que no es casual que las instrucciones de Madrid para este curso lo diga bien cuando le interesa
Igual se pueden agarrar a decir que "es legal porque habla de horas y se refiere a las horas complementarias", pero no cuela, porque habla de lectivas, y lo que se carga son periodos lectivos que reconoce la ley
Hay tres diagramas:
- Uno general explicando distribución periodos lectivos y horas complementarias
- Otro explicando como queda para un tutor con el cambio en Madrid
- Otro explicando como queda para un jefe de departamento en Madrid
https://picasaweb.google.com/enrique.ga ... directlink
Ahora que veo la diferencia clara en la orden de 1994 entre horas y periodos, creo que no es casual que las instrucciones de Madrid para este curso lo diga bien cuando le interesa
>>> Aquí habla correctamente de periodos lectivos, que sabe que es de lo que habla la ley de 19944.3.5. Horario de los profesores.
...
1. Jefes de departamento impartirán al menos 18 periodos lectivos de
docencia directa a grupos de alumnos.
2. El resto de profesorado del centro, incluidos los profesores tutores,
impartirá al menos 20 periodos lectivos de docencia directa a grupos de
alumnos.
Aquí curiosamente se "equivoca" y habla de horas lectivas, cuando son periodos lectivos.Ni las horas de tutoría ni las de jefatura de departamentos didácticos o extraescolares
tendrán consideración de horas lectivas.
Igual se pueden agarrar a decir que "es legal porque habla de horas y se refiere a las horas complementarias", pero no cuela, porque habla de lectivas, y lo que se carga son periodos lectivos que reconoce la ley