Hola,
Algún sindicato ha informado a sus afiliados que la Comunidad de Madrid pretende nombrarnos con fecha del 3 de septiembre. En algún foro de docentes he leído que algunas DAT ha informado de que el nombramiento será el 1 y otras el 3.
¿Alguien sabe algo?
Otra cosa, suponiendo que el nombramiento sea el 3 (y la baja el 31) ¿cómo se puede hacer en el INEM para cotizar esos dos días? Lo pregunto porque en el INEM pedirán el nombramiento pero no va a estar para ahora. ¿Se podría solicitar más adelante en el INEM cobrar esos dos días?
Saludos
Fernando
¿Cuándo nos dan de alta a los interinos en Madrid? ¿El 1 o el 3 de septiembre?
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- #5 Popeye
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- #10 Goku
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Re: ¿Cuándo nos dan de alta a los interinos en Madrid? ¿El 1 o el 3 de septiembre?
Mi opinión: alta será día 3 para interinos con vacante al ser 1 sábado.
Sobre tema paro... esa es una guerra peculiar, y hablo por experiencia. Cobrando paro y con alta día 1 septiembre un año de interino, no estuve dado de alta día 31 de agosto y no lo he podido solucionar. Es así de surrealista, lo argumenté en el paro y me dicen que es, ...ejem... una limitación informática:
En mi vida laboral, el día 31 de agosto de 2015 no estoy dado de alta en el paro, y sí debería estarlo al tener un alta día 1 septiembre, y comunicar la empresa ese alta a la ss y el paro el día 1. Pero resulta que el paro dice su sistema informático dice que los meses son de 30 días y no puede!?
Entiendo que el paro considere los meses de 30 días de cara a cantidades a recibir ( se fija una cantidad diaria y lo que se cobra es eso por 30, sea febrero de 28 o marzo de 31), pero agosto son 31 días cotizados, y de hecho el 31 agosto 2014 lo tengo cotizado porque el 1 septiembre 2014 seguía en paro... pero no son capaces o no quieren entenderlo y arreglarlo.
Curiosamente si alta es día 3 sí creo que 31, 1 y 2 se cobrará paro y se cotizará.
Sobre tema paro... esa es una guerra peculiar, y hablo por experiencia. Cobrando paro y con alta día 1 septiembre un año de interino, no estuve dado de alta día 31 de agosto y no lo he podido solucionar. Es así de surrealista, lo argumenté en el paro y me dicen que es, ...ejem... una limitación informática:
En mi vida laboral, el día 31 de agosto de 2015 no estoy dado de alta en el paro, y sí debería estarlo al tener un alta día 1 septiembre, y comunicar la empresa ese alta a la ss y el paro el día 1. Pero resulta que el paro dice su sistema informático dice que los meses son de 30 días y no puede!?
Entiendo que el paro considere los meses de 30 días de cara a cantidades a recibir ( se fija una cantidad diaria y lo que se cobra es eso por 30, sea febrero de 28 o marzo de 31), pero agosto son 31 días cotizados, y de hecho el 31 agosto 2014 lo tengo cotizado porque el 1 septiembre 2014 seguía en paro... pero no son capaces o no quieren entenderlo y arreglarlo.
Curiosamente si alta es día 3 sí creo que 31, 1 y 2 se cobrará paro y se cotizará.