Riuga escribió:Hola Hunk,
He editado la respuesta de arriba en relación al enlace que has colgado (estaba un poco liosa). Sabrías responder a alguna de las dos dudas que planteaba?
((1. Si yo hago el examen y suspendo, pongamos con un 4 o un 3, eso me serviría de algo en el caso de que se agotaran las listas de interinos aprobados de secundaria? Ayuda en caso de que se formen extraordinarias? (Caso no bilingüe y bilingüe)
2. Si no me presento este año a las oposiciones, puedo presentarme a la habilitación lingüística? y si me presento y suspendo?))
Invitado escribió:Por lo tanto...¿hay que aprobar SI o SI las oposiciones para entrar en la lista de interinos?
¿ y con el resto que hacen?
¿ y los puestos voluntarios como los ordenan? ¿como hasta ahora?
Salva escribió:Hola, es muy interesante el diálogo que mantienes con Tamara Hunk. Podrías explicarnos qué diferencias, ventajas e inconvenientes, que hay entre que te den un puesto voluntario y una interinidad normal? Una imagino que será la salarial, pero qué más. Yo es que también ando dudando como Tamara si este año pedirlos o no.
Por otro lado, entiendo al leer la orden que este año de 2014 a los que tuvieron la suerte de aprobar la opo en 2012 se les guarda la nota por lo que pueden disfrutar de "cierto alivio" si ahora suspenden no???
Gracias!!!!
hunk escribió:Salva escribió:Hola, es muy interesante el diálogo que mantienes con Tamara Hunk. Podrías explicarnos qué diferencias, ventajas e inconvenientes, que hay entre que te den un puesto voluntario y una interinidad normal? Una imagino que será la salarial, pero qué más. Yo es que también ando dudando como Tamara si este año pedirlos o no.
Por otro lado, entiendo al leer la orden que este año de 2014 a los que tuvieron la suerte de aprobar la opo en 2012 se les guarda la nota por lo que pueden disfrutar de "cierto alivio" si ahora suspenden no???
Gracias!!!!
Cada uno verá una cosa. Comento en general ideas que se me ocurren
voluntarios:
-ventaja: casi siempre es jornada parcial, se tiene más tiempo libre por ejemplo si hay opos
-ventaja: la antigüedad cuenta igual aunque sea jornada parcial
-ventaja: las listas avanzan deprisa y hay más seguridad de ser llamado, y que incluso el llamamiento sea para vacante y no sustitución, ya que con recortes hay muchas plantillas con medios profesores que no suelen cubrir funcionarios
-ventaja: se pueden indicar solamente algunas DAT y prioridades, en ordinarios es siempre todo Madrid
-inconveniente: salario menor si es jornada parcial
-inconveniente: si es jornada parcial a veces el desplazamiento supone un coste excesivo en tiempo y dinero respecto al tiempo de clase y salario
-inconveniente: no se puede elegir el tipo de jornada, y a veces puede ser 1/3 ... que puede ser días antes de que quizá uno fuese llamado por ordinarias a jornada completa
Sobre el comentario de la nota de 2012, sí se guarda, creo que algunas preguntas insisten una y otra vez en cosas ya aclaradas.
hunk escribió:Riuga escribió:Hola Hunk,
He editado la respuesta de arriba en relación al enlace que has colgado (estaba un poco liosa). Sabrías responder a alguna de las dos dudas que planteaba?
((1. Si yo hago el examen y suspendo, pongamos con un 4 o un 3, eso me serviría de algo en el caso de que se agotaran las listas de interinos aprobados de secundaria? Ayuda en caso de que se formen extraordinarias? (Caso no bilingüe y bilingüe)
2. Si no me presento este año a las oposiciones, puedo presentarme a la habilitación lingüística? y si me presento y suspendo?))
Hola Riuga
Sobre 1; no hay nada escrito, así que no se puede saber si te serviría de algo o no. La regulación de listas no habla de listas extraordinarias, así que pueden hacer lo que les de la gana.
Se me ocurre viendo el ejemplo de lo que ha pasado este año con matemáticas y física y química: agotadas todas las listas de interinos de matemáticas, en lugar de solicitar personas para listas "extraordinarias" han cogido a gente de la lista de física y química. ¿Qué harán si pasa de nuevo? Cogerán de otra lista que aprobaron antes de coger de "esa misma lista" (realizar una lista extraordinaria) de no aprobados ...
Invitado escribió:Muchas gracias por la información. Yo tengo una pregunta por si me la podéis responder, por favor. Yo aprobé en 2012 y estoy habilitada en inglés, de modo que puede que me den vacante informatizada o me llamen al acto público. Lo que ocurre es que no me interesaría incorporarme por motivos personales. ¿Podría renunciar sin decaer de la lista? Según he leído este año sí se podría renunciar sin decaer de la lista si te llaman a lo largo del año, pero no si te adjudican una vacante informatizada. Agradecería cualquier aclaración. Gracias
Podrán solicitar centro para el curso escolar 2014-2015 los:
...
Puestos voluntarios. Todos los participantes podrán pedir, en la solicitud de centros, puestos de carácter voluntario.
¿tenemos que pedir a mayores puestos de "interinidades normales" por así llamarlas???
Las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad del curso 2014-2015 de las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria convocadas en los procedimientos selectivos de 2014 estarán constituidas, para cada especialidad, por:
...
2. Los participantes en el procedimiento selectivo de ingreso de la convocatoria inmediatamente anterior de la especialidad correspondiente, que no habiendo sido seleccionados en el mismo, superaron la fase de oposición.
sólo quieres puestos de interinos "normales" también tienes que pedirlos o esos ya te los asignarán automáticamente desde la Administración para el nuevo curso conforme a tu número en la lista de interinidades, vacantes disponibles, etc.
hunk escribió:...no hay nada escrito, así que no se puede saber si te serviría de algo o no. La regulación de listas no habla de listas extraordinarias, así que pueden hacer lo que les de la gana...
Undécima
Nuevas listas
1. Agotadas las listas de aspirantes a interinidad en las especialidades convocadas en los procedimientos selectivos de 2014, o cuando se prevea que se puedan agotar, y persista la necesidad de cobertura de puestos docentes con carácter temporal, la Consejería de Educación, Juventud y Deporte convocará procedimientos extraordinarios para la formación de las listas extraordinarias de aspirantes que puedan optar a estos puestos, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Decreto 42/2013.
El llamamiento de los aspirantes integrantes de las listas extraordinarias se realizará siempre a continuación del último de los aspirantes disponible de las listas que deriven del correspondiente procedimiento selectivo y no afectará, en ningún caso, al orden de prelación de los aspirantes de la lista inicial.
2. Asimismo, y conforme a lo establecido en el artículo 6 del Decreto 42/2013, se podrá acordar la elaboración de listas específicas de aspirantes para ocupar puestos que requieran la posesión de requisitos adicionales para su cobertura.
2. Podrán formar parte de estas listas todos aquellos aspirantes que, cumpliendo los requisitos generales y específicos establecidos en artículo 8 del presente Decreto, hayan solicitado su participación en las mismas en el momento de presentarse al proceso selectivo para el correspondiente Cuerpo y especialidad según lo establecido en el artículo 3.1 de este Decreto o, en su caso, lo soliciten expresamente con motivo de la convocatoria que se realice para la formación de la correspondiente lista extraordinaria.
Interino de F y Q escribió:El año pasado en primaria regularon la formación de lista extraordinarias de la siguiente manera:
lista 2.0: los que no habiendo aprobado ni en 2014 ni en 2012 si tiene aprobado en algún proceso selectivo de la especialidad en los 10 últimos años.
lista 2.1: los que hayan aprobado la primera parte de la oposición 2014 (práctico + teórico)
lista 2.2: resto de candidatos apuntados a la oposición y que se hayan presentado al examen.
4.2. Los aspirantes a interinidad de estas listas extraordinarias se ordenarán en tres
bloques, a los que se recurrirá para la oferta de nombramientos de forma sucesiva y por este
mismo orden:
4.2.1. Quienes hayan superado, en la misma especialidad, la fase de oposición de al-
guno de los procesos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros con-
vocados en los últimos diez años en la Comunidad de Madrid.
4.2.2. Quienes, no estando incluidos en el bloque anterior, hubieran superado la pri-
mera prueba de la fase de oposición del último proceso selectivo convocado en
la Comunidad de Madrid para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, o en el in-
mediatamente anterior.
4.2.3. Quienes no estén incluidos en ninguno de los bloques anteriores.
5.1. La ordenación de los aspirantes de los bloques referidos en la base cuarta se rea-
lizará conforme al baremo establecido en el artículo 4 del Decreto 42/2013, de 9 de mayo
del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento de selección de funciona-
rios interinos docentes de ámbito no universitario en la Comunidad de Madrid.
5.2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 del Decreto 42/2013, de 9 de
mayo, los desempates se dirimirán, en primer lugar, por la mayor nota obtenida en la fase
de oposición; en segundo lugar, por la mayor puntuación obtenida en cada uno de los apar-
tados del baremo según aparezcan en la convocatoria correspondiente y, si persistiese el
empate, por la mayor puntuación obtenida en el último proceso selectivo.
3.2. Para cada especialidad, los aspirantes se ordenarán en función de la puntuación global obtenida, que será el resultado de sumar las puntuaciones de cada uno de los siguientes apartados:
a) Nota de oposición, hasta un máximo de 8 puntos. Para la valoración de la nota de los aspirantes se tendrá en cuenta la mejor nota de la fase de oposición obtenida en el procedimiento selectivo de ingreso de la Comunidad de Madrid, en el año 2014 o en el procedimiento selectivo inmediatamente anterior de la especialidad. La puntuación será proporcional a dicha nota, y para ello, se multiplicará la nota de la fase de oposición por 0,8, siempre que sea igual o superior a 5 puntos.
b) Experiencia docente, hasta un máximo de 1,5 puntos. La puntuación será proporcional a la obtenida en el apartado de experiencia docente previa del procedimiento selectivo de 2014 para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Comunidad de Madrid. La puntuación obtenida en este apartado del baremo de oposición se multiplicará por 0,3.
c) Otros méritos, hasta un máximo de 0,5 puntos. Se valorará la formación académica y la acreditación de la competencia lingüística, de acuerdo con las siguientes premisas:
1.o Formación académica: La puntuación será proporcional a la obtenida en el apartado correspondiente del procedimiento selectivo de 2014 para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Comunidad de Madrid, hasta un máximo de 0,25 puntos. La puntuación obtenida en este apartado del baremo de oposición se multiplicará por 0,05.
2.o Acreditación de la competencia lingüística: Se valorarán con 0,15 puntos por el nivel C1 y 0,25 puntos por el nivel C2 las acreditaciones presentadas en el procedimiento selectivo de 2014 para ingreso en las especialidades convocadas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la Comunidad de Madrid, hasta un máximo de 0,25 puntos.
hunk escribió:Hola Emilio G
Lo de la casilla para marcar interino es nuevo de la solicitud de 2014, no se sabe muy bien hasta qué punto lo usarán, ni hay que yo sepa ninguna vía para rectificar el no haberla marcado.
En cualquier caso tu pregunta en este hilo me hace darme cuenta que la regulación de listas (el enlace en el primer post de este hilo) no menciona la casilla, por lo que creo que sí sería recurrible que alguien no esté en las listas por no haber marcado una casilla que no está en normativa como motivo para formar o no parte de las listas. La comunidad de Madrid es muy peculiar a la hora de sacarse "normativa" en los propios impresos, por ejemplo el curso pasado la modificación de los puestos voluntarios lo hicieron en las propias instrucciones para rellenar los puestos voluntarios ya que no había una normativa escrita detrás sobre los tipos de puestos, pero aquí sí hay algo escrito y no se lo pueden saltar sin más añadiendo la casilla en el impreso de solicitud; hasta donde recuerdo la casilla sí aparece en la resolución de convocatoria pero no más allá de aparecer en el ejemplo de solicitud.
Quizá cuando publiquen la regulación de listas extraordinarias de secundaria mencionen la casilla en cuestión, pero ahora mismo opino que nadie puede ser excluido de la lista preferente si aprueba en 2012 ó 2014 y no ha marcado la casilla.
RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del citado Cuerpo.
....
Aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad
Vigésima primera. Aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad
1. Los participantes en este procedimiento selectivo que deseen formar parte de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, de conformidad con la normativa vigente de la Comunidad de Madrid en la fecha de publicación de esta Resolución, deberán consignarlo en la solicitud de participación en los términos establecidos en el Anexo IV de esta convocatoria.
Interino FyQ escribió:Hola, soy de Física y Química, y para la lista de interinos tengo 5.9. Solicité puestos voluntarios y tengo la habilitación. ¿Creeis que me llamarán pronto? Supongo que de una vacante me puedo ir olvidando...
Otra cosa es que me estaba planteando renunciar a los puestos voluntarios, pero en vista de mi nota ya no sé qué hacer. ¿Qué me recomendais? ¿Tengo posibilidad de trabajar si renuncio a los voluntarios?
opositando siempre escribió:Hola. COmo veo que por aqui aclaran dudas bastante bien, planteo la mía. ¿Qué pasa con las especialidades que se convocaron en el 2014 pero no en el 2012? Quiero decir, por ejemplo, en las listas de biología, ¿nos ordenan a aprobados del 2010 y del 2014 conjuntamente? Los procesos selectivos son bastante diferentes y por lo tanto, las notas y el número de aprobados, también.
hunk escribió:Interino FyQ escribió:Hola, soy de Física y Química, y para la lista de interinos tengo 5.9. Solicité puestos voluntarios y tengo la habilitación. ¿Creeis que me llamarán pronto? Supongo que de una vacante me puedo ir olvidando...
Otra cosa es que me estaba planteando renunciar a los puestos voluntarios, pero en vista de mi nota ya no sé qué hacer. ¿Qué me recomendais? ¿Tengo posibilidad de trabajar si renuncio a los voluntarios?
Si estás en la lista de aprobados por haber aprobado en 2014 y/o 2012, que será de poco más de 100 personas, seguramente te llamarán, aunque puede que para sustituciones.
Si tienes la habilitación es cuestión de suerte, quizá pudieras optar a una vacante de jornada parcial en bilingüe.
El tema de renunciar o no a puestos voluntarios es una decisión personal, una "apuesta" que tienes que hacer tú ... mejor espera a que estén las listas a planteártelo, que hay un plazo de unos días para renunciar.
romay escribió:No soy capaz de encontrar quienes forman parte de la lista 1, la preferente, ¿los que han aprobado solo? ¿o también los que han trabajado alguna vez como interinos??
Las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, para el curso escolar 2014-2015...
1.1. Especialidades convocadas en los procedimientos selectivos de 2014...estarán constituidas, para cada especialidad, por:
1. Los participantes en el procedimiento selectivo de ingreso convocado por Resolución de 14 de abril de 2014 ... que, no habiendo sido seleccionados en el mismo, hayan superado la fase de oposición en la especialidad correspondiente.
2. Los participantes en el procedimiento selectivo de ingreso de la convocatoria inmediatamente anterior de la especialidad correspondiente, que no habiendo sido seleccionados en el mismo, superaron la fase de oposición.
pjorge84 escribió:Hola, yo no pedí puesto voluntarios ni rellené nada porque no vi la página web por mucho que me avisaron.
De todas formas, me presenté a la oposición. Aún suspendiendo, sigo estando en la lista de los que no han sacado más de un 4 en 2012 y 2014 no?
4.2. Los aspirantes a interinidad de estas listas extraordinarias se ordenarán en tres bloques, a los que se recurrirá para la oferta de nombramientos de forma sucesiva y por este mismo orden:
4.2.1. Quienes hayan superado, en la misma especialidad, la fase de oposición de alguno de los procesos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria convocados en los últimos diez años en la Comunidad de Madrid.
4.2.2. Quienes, no estando incluidos en el bloque anterior, hubieran superado la primera prueba de la fase de oposición, en la misma especialidad, de los dos últimos procesos selectivos convocados en la Comunidad de Madrid para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
4.2.3. Quienes no estén incluidos en ninguno de los bloques anteriores.
hunk escribió:Ya están las listas extraordinarias!
Listados
Desempeño de puestos docentes como interinos, en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de especialidades convocadas en los procedimientos selectivos 2014 (2014-2015)
Resolución de 3 de septiembre de 2014, por la que se publica las listas definitivas de aspirantes que han solicitado puestos de caracter voluntario (04/09/2014)
Lista definitiva, ordenada por puntuación, de aspirantes que han solicitado puestos de caracter voluntario (04/09/2014)
Resolución de 4 de septiembre de 2014, por la que se publica las listas extraordinarias de interinos de especialidades bilingües (04/09/2014)
Lista extraordinaria, ordenada por puntuación, de interinos de especialidades bilingües (04/09/2014)
Resolución de 4 de septiembre de 2014, por la que se publica las listas extraordinarias de aspirantes que han solicitado puestos de caracter voluntario (04/09/2014)
Lista extraordinaria, ordenada por puntuación, de aspirantes que han solicitado puestos de caracter voluntario (04/09/2014)
Lista extraordinaria definitiva ordenada por puntuación (04/09/2014)
4.2. Los aspirantes a interinidad de estas listas extraordinarias se ordenarán en tres bloques, a los que se recurrirá para la oferta de nombramientos de forma sucesiva y por este mismo orden:
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