Normativa sobre horarios de jornadas parciales y compartir centro

hunk
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Normativa sobre horarios de jornadas parciales y compartir centro

Mensaje sin leer por hunk »

Aunque ya hay un hilo sobre Documentar como son los horarios según la ley que es antiguo (de 2011) y las cosas han cambiado mucho, abro uno nuevo para coger información sobre jornadas parciales.

La norma que aplica es Orden de 29 de junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria.
D) Profesores con horario incompleto.

88. Los Profesores que compartan su horario lectivo en más de un instituto repartirán sus horas complementarias de permancncia (sic) en el centro en la misma proporción en que estén distribuidas las horas lectivas. A tal efecto, los Jefes de estudios respectivos deberán conocer el horario asignado fuera de su instituto con objeto de completar el horario complementario que corresponde a su centro. En todo caso, los Profesores deberán tener asignada una hora para la reunión semanal de los departamentos a los que pertenezcan y las horas de tutoría correspondientes en el Instituto en el que la tengan asignada.

89. Asimismo, los Profesores con régimen de decicación (sic) parcial acogidos a la cesación progresiva de actividades, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, por lactancia o razones de guarda legal a que se refiere el apartado f) del artículo 30 de la Ley 30/1984, por actividades sindicales o con nombramiento interino a tiempo parcial deberán cubrir un número de horas complementarias proporcional al de horas lectivas que deben impartir, en las mismas condiciones indicadas en el punto anterior.

90. Cuando un Profesor se encuentre en alguna de las circunstancias contempladas en los dos puntos anteriores, el Jefe de estudios lo tendrá en cuenta al elaborar su horario.
Una vez visto eso, un tema importante es leer otros artículos
74. Dentro de las veinticinco horas del cómputo semanal, recogidas en el horario individual, la permanencia mínima de un Profesor en el Instituto no podrá ser ningún día, de lunes a viernes, inferior a cuatro horas.
Haciendo la proporción que indica el artículo 88, la permanencia de un profesor a media jornada en el centro no puede ser de menos de 2 h al día.
75. Los Profesores deberán impartir un mínimo de dos períodos lectivos diarios y un máximo de cinco. Los Profesores técnicos de formación profesional impartirán un máximo de seis períodos lectivos diarios.
Haciendo la proporción que indica el artículo 88, un profesor a media jornada debe impartir al menos un periodo lectivo diario.
Combinando 74 y 75, un profesor a media jornada, puede ir un día solamente para dos periodos: uno lectivo y otro no lectivo, por ejemplo una guardia...
Perchelera
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Re: Normativa sobre horarios de jornadas parciales y compartir centro

Mensaje sin leer por Perchelera »

Entiendo que esa regulación es de aplicación nacional si viene publicada en el BOE. Lo curioso es que tengo una amiga maestra a media jornada en un pueblo de Castilla y León y va solamente dos días en semana. Más suerte imposible. Pero entiendo que depende de la organización de cada centro y mismamente con 1/3 te pueden hacer de ir de lunes a viernes...
Dinamita16

Re: Normativa sobre horarios de jornadas parciales y compartir centro

Mensaje sin leer por Dinamita16 »

Yo este curso empecé a trabajar por primera vez de interina en Madrid y estoy a 1/3. Trabajo 4 días por semana y un día solo voy para 50 minutos.
Una preguntita al respecto ,he oído que en la comunidad de Madrid se ha firmado un acuerdo para que en el curso próximo no se hagan contratos de trabajo inferiores a un tercio, ¿es eso correcto? ¿Sabéis dónde puedo leer la información? Gracias
hunk
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Re: Normativa sobre horarios de jornadas parciales y compartir centro

Mensaje sin leer por hunk »

Hola Dinamita16
Te paso enlace a lo que se firmó en marzo en Madrid
el hilo http://docentesconeducacion.es/viewtopi ... 451#p18410
el documento firmado http://fetemadrid.es/noticias/archivos/ ... cuerdo.pdf
Que yo sepa se trata solamente en artículo 10, y lo que se acordó es que en adjudicación informática no se asigne menos de 1/2, y que en casos de menos "[la administración] hará todo lo posible por completarla", pero no se puede decir que no sea imposible.
Dinamita16

Re: Normativa sobre horarios de jornadas parciales y compartir centro

Mensaje sin leer por Dinamita16 »

Gracias Hunk
Conocía ese documento pero no había leído ese artículo.
Efectivamente pone lo que dices, que significa que será en la asignación informática, porque después de ahí la administración hara lo que pueda.....
Profe.Rfsa
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Re: Normativa sobre horarios de jornadas parciales y compartir centro

Mensaje sin leer por Profe.Rfsa »

Buenas tardes. Este año comparto centro en dos IES de Madrid capital. ¿Alguien sabe si hay alguna normativa donde se especifique las horas que se computan como itinerancia (en la CAM, claro)? Por lo que he podido encontrar hasta ahora y lo que me indican en mi centro es que no está especificado... En la confección de horarios de Raíces existe un ítem para computar itinerancia, pero si los centros consideran el tiempo mínimo de desplazamiento (muy relativo, como comprenderéis: en mi caso en coche propio y con mi gasolina son 15 min, andando o tte público 35-45 min), es difícil computarlo (y de hecho no lo están haciendo en uno de los dos y ahí es donde tengo la pelea...).
Si alguien puede arrojar luz al respecto, lo agradezco enormemente :)
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