baja maternal y eleccion grupos

kenet

baja maternal y eleccion grupos

Mensaje sin leer por kenet »

Me gustaria saber si estando de baja maternal se puede acudir a la eleccion de cursos al inicio de curso. Soy profesora de secundaria funcionaria. ¿Existe legislacion donde poder ver la respuesta? Gracias
hunk
#10 Goku
#10 Goku
Mensajes: 4012
Registrado: 18 Sep 2011, 15:33
¿A qué cuerpo perteneces?: Secundaria ESO/B
Situación: De carrera
Contactar:

Re: baja maternal y eleccion grupos

Mensaje sin leer por hunk »

Hola kenet
Pues a priori yo diría que no: en cualquier trabajo si una persona está de baja no puede acudir puntualmente al centro de trabajo aunque sea por un tema de su interés.

Igual sabe más y puede contestarte, y al tiempo a esta pregunta que me ha surgido tras leer la tuya y enlazarlo con esto que comenté en otro hilo
http://www.docentesconeducacion.es/view ... 083#p13072

¿Un funcionario que está desplazado, en expectativa, en prácticas ... y el día que se celebra el claustro inicial del curso (que puede que sea este viernes 5) no tiene asignado de manera definitiva un centro, puede ir a ese claustro y al departamento la elección de grupos/horarios de inicio de curso? Aunque esos funcionarios creo que en este caso no están de baja, sino que están dados de alta (desde el día 1 de septiembre en caso de prácticas) pero sin estar asignados oficialmente a ese centro.

No te puedo decir normativa: a nivel de elaboración de horarios de secundaria lo que conozco es la orden de 1994
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... 1994-15565
Pongo unos extractos a partir del artículo 91, y no veo que digan nada de que puede ir alguien que esté de baja
91. En el primer Claustro del curso, el Jefe de estudios comunicará a los departamentos didácticos y de orientación los turnos y el número de grupos de alumnos que corresponde a cada área y materia, de acuerdo con los datos de matrícula, y el número de Profesores que componen el departamento, establecido por la Dirección Provincial, con indicación del número de Profesores que deban incorporarse a cada turno o, en su caso, desplazarse a otros centros.

92. Una vez fijados los criterios pedagógicos por el Claustro, en el transcurso de esta sesión, los departamentos celebrarán una reunión extraordinaria para distribuir las materias y cursos entre sus miembros. La distribución se realizará de la siguiente forma:

a) En aquellos institutos en los que se impartan enseñanzas a los alumnos en dos o más turnos, los Profesores de cada uno de los departamentos acordarán en qué turno desarrollarán su actividad lectiva. En el supuesto de que algún Profesor no pudiera cumplir su horario en el turno deseado, deberá completarlo en otro. Si los Profesores del departamento no llegaran a un acuerdo, se procederá a la elección de turnos en el orden establecido en el punto 95 de estas Instrucciones.

b) Una vez elegido el turno, los miembros del departamento acordarán la distribución de materias y cursos. Para esta distribución se tendrán en cuenta fundamentalmente razones pedagógicas y de especialidad.

c) Solamente en los casos en que no se produzca acuerdo entre los miembros del departamento para la distribución de las materias y cursos asignados al mismo, se utilizará el procedimiento siguiente: los Profesores irán eligiendo en sucesivas rondas, según el orden de prelación establecido en los puntos 95 a 97 de estas Instrucciones, un grupo de alumnos de la materia y curso que deseen impartir hasta completar el horario lectivo de los miembros del departamento o asignar todas las materias y grupos que al mismo correspondan.

d) Cuando haya grupos que no puedan ser asumidos por los miembros del departamento y deban ser impartidas las enseñanzas correspondientes por Profesores de otros, se procederá, antes de la distribución señalada en los apartados b) y c), a determinar qué materias son más adecuadas, en función de la formación de los Profesores que se hagan cargo de ellas. Los grupos correspondientes a estas materias no entrarán en el reparto indicado.

e) Cuando en un departamento alguno de los Profesores deba impartir más de 18 períodos lectivos, el posible exceso horario será asumido por otros Profesores del departamento en años sucesivos.

f) Los Maestros tendrán prioridad para impartir docencia en el primer ciclo de la educación secundaria obligatoria.

g) En la elección de los horarios correspondientes a los ciclos formativos y a los módulos profesionales tendrán preferencia los Profesores titulares de la especialidad que hayan seguido los cursos de formación organizados específicamente para la docencia en dichos ciclos y módulos, así como aquellos que tengan experiencia en la impartición de estas enseñanzas en cursos anteriores.

h) Los Profesores del instituto que deban completar su horario en una materia correspondiente a un departamento distinto al que se encuentran adscritos se incorporarán también a éste.
...
95. La elección a que se refiere el punto 92 se realizará de acuerdo con el siguiente orden:

a) Profesores de Enseñanza Secundaria que fueran Catedráticos en activo en la fecha de entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

b) Profesores de Enseñanza Secundaria, excepto los mencionados en el apartado anterior, Profesores técnicos de Formación Profesional y Profesores especiales de ITEM.

c) Profesores interinos.
96. La prioridad en la elección entre los Profesores de Enseñanza Secundaria que fueran Catedráticos en activo en la fecha de entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo estará determinada por la antigüedad en la condición de Catedrático, entendida como tal la que se corresponda con los servicios efectivamente prestados en el Cuerpo de Catedráticos sumada a la adquirida en la referida condición. De coincidir la antigüedad, el orden de elección estará determinado por la aplicación de los siguientes criterios, considerados de forma sucesiva:

Mayor antigüedad en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, entendida como tiempo de servicios efectivamente prestados como funcionario de carrera de dicho cuerpo.

Mayor antigüedad en el instituto.

Si tras la aplicación de los criterios anteriores persiste la coincidencia, se estará al último criterio de desempate fijado en la convocatoria de concurso de traslados del Ministerio de Educación y Ciencia, publicada en la fecha más próxima al acto de elección de horario.
...
kenet

Re: baja maternal y eleccion grupos

Mensaje sin leer por kenet »

Muchas gracias!
Responder

Volver a “Bajas, permisos, excedencias y otras cuestiones de fuera del centro”